Divorce With Respect

He pagado los préstamos estudiantiles de mi cónyuge; ¡ahora quieren un divorcio!

On Behalf of | Feb 4, 2019 | División de activos, Español, Firm News | 0 comments

Llevar una cantidad considerable de deuda estudiantil a un matrimonio no es una cosa poco común en California y en todo el país. De hecho, un febrero 2018 artículo de CNBC estima que aproximadamente el 70 por ciento de estudiantes universitarios se gradúan con una gran cantidad de deuda estudiantil.

Mientras que la deuda estudiantil puede crear dificultades financieras y causar un divorcio, pocas personas se preocupan que la única razón que su cónyuge se caso es para asegurar que sus préstamos estudiantiles se pagaran. Por desgracia, tal fue el caso de uno de los cónyuges despreciado, que plantea la pregunta:

¿Qué pasa con las deudas de préstamos estudiantiles en divorcio?

Si el préstamo fue adquirido antes del matrimonio, entonces la deuda se considera propiedad separada. Si el préstamo fue adquirido durante el matrimonio y substancialmente ha mejorada la capacidad de ganancia de ese partido, el préstamo debe asignarse a ese partido. Sin embargo, la asignación necesaria de la deuda debe reducirse o modificarse si las circunstancias lo hacen injusto. Por ejemplo, si durante el matrimonio, las partes se beneficiaron sustancialmente de una posición de empleo que tenía buen pago y requirió estudios, la parte que adquirió el préstamo puede solicitar que la asignación se reduzca.

¿Puedo recuperar lo que pagué en préstamos estudiantiles de mi cónyuge?

Asimismo, si el préstamo fue pagado durante el matrimonio con contribuciones de la comunidad, se reembolsará la comunidad por contribuciones a la educación o entrenamiento que mejoró sustancialmente la capacidad de ganancia del partido. Sin embargo, el reembolso puede ser reducido basado en las siguientes circunstancias:

  • La comunidad se ha beneficiado sustancialmente de la educación del partido. Si la educación recibida fue menos de 10 años antes de iniciar el divorcio entonces se presume que la comunidad no se ha beneficiado sustancialmente, y si la educación recibida fue más de 10 años antes del inicio del divorcio se presume que la comunidad se ha beneficiado sustancialmente.
  • La educación o entrenamiento recibida por la parte es compensado por la educación o entrenamiento recibida por la otra parte que la comunidad pago.
  • La educación o el entrenamiento reduce la necesidad de apoyo de la parte que sería necesario.

Lo mejor que puede hacer en una situación como esta es hablar con un abogado experto en derecho familia. Aquellos que tienen experiencia en una variedad de problemas de división de propiedad compleja están bien equipados para ayudar a individuos determinar cómo se abordara cada responsabilidad y si un pago de una deuda debe ser reembolsado. 

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